" Para evitar las críticas, no hagas nada, no digas nada, no seas nada."




martes, 14 de febrero de 2012

PONERSE ENFERMO ES CAUSA OBJETIVA DE DESPIDO


Ponerse enfermo es causa objetiva de despido con la reforma laboral que ha aprobado el gobierno de Mariano Rajoy.La acumulación de varias y pequeñas bajas laborales por enfermedad pueden poner de patitas en la calle al trabajador. Aquí se va a dar la picaresca ya que para evitar la expulsión inmediata del empleado éste deberá pedir a su doctor o doctora que el parte de baja médica se prolongue en el tiempo. Quiere evitar el PP el absentismo laboral y lo que va a provocar es que esas bajas perduren mucho más en el tiempo.Juegan con la salud y con la salud no se juega.Pero es que además es una pescadilla que se muerde la cola.Si el trabajador no puede ponerse enfermo, sobran médicos,enfermeros,celadores,visitadores médicos, farmacias,etc,etc.Este gobierno acabará, si no ponemos remedio, con los logros conseguidos tras muchos años de lucha . Volvemos a aquellos tiempos en los que una persona moría por un resfriado mal curado o por una gripe.Aquellos tiempos en los que solo el señorito tenía posibles para acudir al médico y a la botica. Esta reforma laboral se merece una contundente respuesta ciudadana,en principio el próximo domingo.
TE ECHAN A LA CALLE SI TE PONES ENFERMO.ESTA ES LA REFORMA LABORAL DELPP:

«d) Por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.
No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior, las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de Salud, según proceda.»

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